Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060993)
Resolución de 7 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación a regadío de 13,90 hectáreas de olivar, en el término municipal de Mérida, cuyo promotor es Ventura Martínez Preciado. Expte.: IA21/1789.
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Martes 19 de marzo de 2024

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en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de
actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, especialmente
en lo relativo a la gestión de plagas, a la protección del medio acuático y el agua potable,
a la reducción del riesgo en zonas específicas, y a la manipulación y almacenamiento de
productos, sus restos y envases de los mismos.
En referencia a la evaluación de repercusiones a largo plazo sobre los elementos de calidad que definen el estado o potencial de las masas de agua afectadas por el proyecto,
se deberá dar debido cumplimiento a lo establecido en las directrices contenidas en la
Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en
el ámbito de la política de aguas) y en concreto sobre los objetivos ambientales establecidos en ésta y en la correspondiente planificación hidrológica del Organismo de cuenca.
Teniendo en cuenta todo lo indicado y con la aplicación de las correspondientes medidas
se prevé que los impactos ambientales que pudieran generarse sobre el sistema hidrológico y la calidad de las aguas no serían significativos.
• Suelos. Es de esperar que estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a que la zona de actuación no presenta pendientes elevadas. Asimismo,
mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar
estos impactos, se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
Tanto el aporte de nutrientes, mediante la aportación de fertilizantes, y fitosanitarios a
los cultivos, así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente,
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo. Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como los
manuales para el cumplimiento de la condicionalidad establecido por la Política Agraria
Comunitaria, se prevé que no se produzca un impacto significativo. En este sentido, se
recomienda utilizar técnicas y prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio
ambiente, sobre todo en lo concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como para evitar la erosión y pérdida de suelo, procurando el mantenimiento
de la cubierta vegetal entre calles, para ser controlada mediante métodos mecánicos,
ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que crecen entre los cultivos
antes de que el suelo sea labrado, supongan un recurso para algunas especies fitófagas
y depredadoras de plagas del cultivo.
• Fauna. Aunque las parcelas donde se localiza el proyecto y las que se encuentran próximas a éstas pudieran ser zona de campeo y alimentación de especies con figura de protección, no se prevé que la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad cause
una afección significativa sobre estas especies.