Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060942)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y la Asociación Europea de Agencias de Viajes de Extremadura para el desarrollo del Programa "55 y más" de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 54
Lunes 18 de marzo de 2024

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b) Declaración responsable de que la empresa se halla al corriente de las obligaciones
tributarias y de la Seguridad Social, así como no tener deudas en periodo ejecutivo de
pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Certificado de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de
Extremadura.
d) Copia de la póliza vigente del seguro de responsabilidad civil para hacer frente a posibles responsabilidades derivadas de daños sobrevenidos como consecuencia de la actividad en realización de viajes y atención hostelera, que deberá tener cobertura para el
país o países correspondientes, como mínimo, y cubrir siniestros de explotación de al
menos 600.000 €, pudiendo ofrecer cada agencia otros seguros con mayores coberturas
de forma opcional.
4. L
 as empresas participantes deberán cumplir, en su caso, con lo establecido en el Decreto
175/2019, de 12 de noviembre, por el que se regulan las empresas de intermediación turística y los servicios de viaje vinculados en la Comunidad Autónoma de Extremadura y el
resto de normativa turística vigente.
5. E
 l reconocimiento de las empresas se formalizará en un documento suscrito por la persona
titular de la Dirección Gerencia del SEPAD, en el que quedarán identificados tanto la empresa como el conjunto de rutas para las que se otorga dicho reconocimiento, (conforme al
Anexo III del presente convenio).
6. L
 a Junta de Extremadura es ajena, por completo, a la relación contractual o de otra índole
que se establezca entre los particulares, las empresas participantes y las agencias de viajes, no teniendo el personal que preste los correspondientes servicios vinculación jurídicolaboral con la Junta de Extremadura.
Quinta. Obligaciones de la Junta de Extremadura.
Corresponde a la Consejería de Salud y Servicios Sociales, a través del SEPAD, con la colaboración de la Dirección General de Turismo, desarrollar las siguientes actuaciones:
1. E
 valuar el cumplimiento de los requisitos de participación de las empresas que soliciten
adherirse al Programa y, en su caso, emitir el oportuno reconocimiento, conforme a lo
establecido en la cláusula anterior.
2. E
 valuar el diseño y ajuste de contenidos de las ofertas realizadas por las empresas, a
las condiciones establecidas en el Anexo I, y, en su caso, conceder la autorización.
3. V
 isar, con carácter previo a su difusión, los modelos de la cartelería y del material de
propaganda.