Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060942)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y la Asociación Europea de Agencias de Viajes de Extremadura para el desarrollo del Programa "55 y más" de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 54
Lunes 18 de marzo de 2024

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Tanto las empresas participantes como las rutas propuestas deberán ser reconocidas y autorizadas por el SEPAD, previo asesoramiento, en su caso, por parte de la Dirección General de
Turismo de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
Durante la realización de las rutas programadas deberán respetarse, en su caso, las medidas
preventivas en materia de salud pública que pudieran establecerse y que puedan suponer
restricciones que afecten al desarrollo de la actividad habitual.
Tercera. Perfil de las personas participantes en el programa “55 y MÁS”.
Las personas participantes en el programa “55 y MÁS” deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser personas autónomas, que no necesiten ayuda de otra persona o de medios mecánicos para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
b) Ser residentes en la Comunidad de Extremadura y tener cumplidos 55 o más años, en
el momento de realización de la ruta.
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de
hecho o unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin
necesidad de que reúnan el requisito de la edad, debiendo valerse por sí mismas para realizar
las actividades básicas de la vida diaria.
Cuarta. Procedimiento de adhesión y condiciones de las empresas participantes en
el programa.
1. E
 l presente Convenio no comporta la exclusividad del desarrollo del Programa por parte de
las agencias de viajes asociadas a AEDAVEX, pudiendo, por tanto, el SEPAD otorgar dicho
reconocimiento a otras entidades que reúnan los requisitos y condiciones exigidas y que
soliciten su adhesión.
2. L
 as empresas que deseen participar en el programa “55 y MÁS”, deberán solicitar su adhesión a éste, conforme al modelo establecido en el Anexo II del presente convenio, con
la finalidad de acreditar que reúnen las condiciones de solvencia suficientes para poder
desarrollarlo.
3. A
 tales efectos, junto con la solicitud, las empresas deberán presentar la documentación
que a continuación se relaciona:
a) Declaración responsable de que la entidad o alguno de sus administradores no se encuentran incursos en cualquiera de las causas de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas previstas en la normativa sobre contratación del Sector Público.