Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060941)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud, el Servicio Extremeño de Promoción y Ayuda para la Dependencia y Fundacion Bancaria Caixa D´Estalvis y Pensions de Barcelona "La Caixa" para el apoyo a los cuidados paliativos en Extremadura y humanización de la salud.
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NÚMERO 54
Lunes 18 de marzo de 2024

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contactar con los delegados de protección de datos, o, en su caso, el responsable de
seguridad, por medio de las direcciones indicadas.
e) L
 as personas signatarias del convenio, titulares de los datos personales que se traten,
tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los inexactos, solicitar su
supresión cuando ya no sean necesarios, solicitar la oposición o la limitación de su tratamiento o solicitar su portabilidad, enviando su solicitud a:


— Fundación “la Caixa”: dpd@fundacionlacaixa.org; o a la dirección postal: avenida
Diagonal, 621-629, 08028 Barcelona.



— Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura: dpd-rgpd@
salud-juntaex.es, o la dirección postal: avenida de las Américas, 2, 06800 Mérida.

f) Asimismo, si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o a la autoridad de control que corresponda.


Los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) son los siguientes:



— Datos del delegado de protección de datos de la Fundación “la Caixa”: e-mail: dpd@
fundacionlacaixa.org; dirección postal: avenida Diagonal, 621-629, 08028 Barcelona.



— Datos del delegado de protección de datos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el SES, y el SEPAD: dpd-rgpd@salud-juntaex.es.

g) La ejecución de las actuaciones objeto de este convenio no supone ninguna comunicación de datos de carácter personal de las partes entre sí. Sin embargo, sí podría suponer
el tratamiento de datos personales por parte de alguna de las dos partes signatarias,
que se formalizará mediante el instrumento jurídico adecuado y se efectuará dando
cumplimiento a la normativa de protección de datos.
Sexta. Modificación del Convenio.
Cualquier modificación del Convenio que se realice con posterioridad a su suscripción requerirá acuerdo de las partes y deberá documentarse por escrito por medio de una adenda que
se incorpore al mismo.
Séptima. Vigencia.
El presente Convenio tendrá una vigencia de cuatro años a partir de la fecha de la última
firma electrónica. En cualquier momento anterior a la finalización de este plazo, los firmantes