Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060969)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres)". Expte.: IA21/1612.
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Viernes 15 de marzo de 2024

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2. L
 a Confederación Hidrográfica del Tajo remite informe con fecha 31 de agosto de 2022,
sobre sugerencias relativas al impacto ambiental que, a su juicio, pudieran derivarse del
proyecto, así como indicaciones beneficiosas para una mayor protección y defensa del
medio ambiente.


2.1. Z
 onas protegidas, aguas superficiales y masas de aguas subterráneas: las parcelas se encuentran dentro la zona sensible de las áreas de captación “Embalse
de Torrejón-Tiétar – ESCM550” y de la zona de influencia de la vida piscícola “Río
Tiétar - ES030_ZPECPECES_0006”. En cuanto a aguas superficiales, las parcelas
se encuentran próximas del río Tiétar y del arroyo de las Navas. En este sentido,
se establecen obligaciones de solicitud de autorizaciones previas para aquellas
obras que se realicen en el DPH y sus zonas de servidumbre (banda de 5 metros
colindante con terrenos de DPH) o policía (banda de 100 metros colindante con terrenos de DPH). En relación a las aguas subterráneas, las parcelas asientan sobre
la masa de agua subterránea “Tiétar - ES030MSBT030.022”.



2.2. A
 provechamientos de aguas: Se indica que la solicitud de concesión se encuentra
en estado de tramitación en la CHT para la obtención de esta, con expediente de
referencia C-0243/2020. Asimismo, se realizan una serie de aclaraciones en materia de solicitud de modificación de características de las concesiones.



2.3. S
 aneamiento y vertidos: indica los diferentes tipos de vertidos, así como la prohibición con carácter general de vertidos directos o indirectos de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro
elemento del DPH, salvo que se cuente con la previa autorización.



2.4. O
 tras cuestiones: Hace referencia al cumplimiento de la normativa vigente en
materia de aplicación de productos fitosanitarios, sellado de depósitos de combustible, cerramientos perimetrales, parque de maquinaria, movimientos de tierra y
seguridad de las captaciones de agua.

3. C
 on fecha 23 de septiembre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección
a Red Natura 2000 con la consideración de informe de evaluación de las repercusiones
que pueda producir un determinado proyecto, actuación, plan o programa directa o indirectamente sobre uno o varios espacios de la Red Natura 2000, y en concreto sobre
los hábitats o especies que hayan motivado su designación o declaración, atendiendo
a lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo
de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y en base al Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red
Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura e Informe de Afección a Biodiversidad,
como valoración ambiental de proyectos, actividades, planes y programas en lo relati-