Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060969)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres)". Expte.: IA21/1612.
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Viernes 15 de marzo de 2024

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Con respecto al dominio público viario, se deberá respetar el trazado y límites de los
caminos públicos que colindan y atraviesan las parcelas de actuación.


C.2.7. Consumo de recursos y cambio climático.

El principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, que proviene de una toma de aguas superficiales del río
Tiétar, con un consumo anual total de agua de 722.768,3 m³/año.
Como ya se ha indicado en el anterior apartado C.2.2 Sistema hidrológico y calidad de
las aguas, la Confederación Hidrográfica del Tajo en su informe estima que el aprovechamiento solicitado será compatible con las previsiones del vigente Plan Hidrológico,
siempre que se cumplan las condiciones impuestas por la Oficina de Planificación Hidrológica de ese Organismo de cuenca. En cualquier caso, se estará a lo que finalmente
disponga la resolución del procedimiento de concesión en trámite.
Por último, cabe indicar que durante la fase de funcionamiento y debido a la presencia
de los cultivos agrícolas, se generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al aumentar la vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.


C.2.8. Medio socioeconómico.

La incidencia sobre este factor es positiva, tanto en la fase de ejecución como de explotación del proyecto, al generarse oportunidades de creación de empleo. Asimismo,
los trabajos de transformación y la posterior producción que se obtendrá, contribuirán
a generar rentas tanto directas como indirectas, produciéndose además una diversificación de los ingresos. Por otro lado, el proyecto contribuye a fijar población rural,
afrontando el reto demográfico.
Todos estos impactos positivos son limitados, debido fundamentalmente al carácter
local del proyecto.


C.2.9. Sinergias y efectos acumulativos.

Los principales efectos acumulativos y sinérgicos derivados de la ejecución del proyecto
residen en la extracción de recursos hídricos, en este sentido, el Órgano de cuenca competente (Confederación Hidrográfica del Tajo) ha establecido que el aprovechamiento
solicitado será compatible con las previsiones del vigente Plan Hidrológico, siempre que
se cumplan las condiciones impuestas por la Oficina de Planificación Hidrológica de ese
Organismo de cuenca, estando en cualquier caso a lo dispuesto en la correspondiente
resolución del procedimiento de concesión C-0243/2020.