Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060969)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres)". Expte.: IA21/1612.
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Viernes 15 de marzo de 2024

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para la preparación del terreno y para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para
instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares. También se identifican
los posibles impactos como consecuencia de vertidos accidentales de la maquinaria y
compactación por el tránsito de vehículos y maquinaria. En cuanto a la construcción
de la balsa, pendiente de ejecutar, aun podrán producirse los citados impactos sobre la
geología y el suelo.
La zona de actuación se encuentra mayoritariamente en terrenos con pendientes por
debajo del 5%, de forma que no es previsible que los movimientos de tierra generen
o hayan generado un incremento significativo del riesgo de aparición de fenómenos
erosivos, y como consecuencia pérdidas de suelo fértil. Asimismo, mediante la correcta
aplicación de medidas preventivas y/o correctoras incluidas en el EsIA, en los informes
emitidos por las administraciones públicas consultadas y en la presente declaración de
impacto ambiental para mitigar estos impactos, se reducirá su magnitud de manera
aceptable para el medio edáfico.
Durante la fase de explotación se producen una serie de impactos ambientales generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos
que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por posibles
retornos de riego, así como la aplicación directa de este tipo de sustancias al cultivo, ya
sean productos fertilizantes o productos fitosanitarios.
En cuanto a la aplicación de sustancias agroquímicas, deberán seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias y los reglamentos y
demás normativa vigente en materia de producción ecológica, para mitigar los posibles
impactos derivados de la utilización de estas sustancias.
Se recomienda la valoración, por parte del promotor, para el empleo de técnicas y
prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el medio ambiente, sobre todo en lo
concerniente al control de malas hierbas, plagas y enfermedades, así como evitar la
erosión y pérdida de suelo, evitando la siega química con herbicida, para ello se aplicarían técnicas de mínimo laboreo mediante el mantenimiento de la cubierta vegetal,
para ser controlada mediante métodos mecánicos (desbroce), y así reducir el riesgo de
erosión y pérdida de suelo.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes.
Por tanto, teniendo en cuenta que los cultivos ya están implantados y aplicando las medidas incluidas tanto en el EsIA como en la presente declaración de impacto ambiental,
el impacto sobre el suelo puede considerarse compatible.