Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060969)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Tiétar para el riego por aspersión de una superficie de 146,87 ha de cultivos anuales, en el paraje "El Pinar de La Olilla", en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres)". Expte.: IA21/1612.
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Viernes 15 de marzo de 2024

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El análisis de las presiones, impactos y riesgos, recogido en el anejo 7 del plan,
establece que la masa de agua presenta un riesgo “probable” por contaminación
por nutrientes.
Con el fin de garantizar la protección del ecosistema fluvial y del dominio público hidráulico, la Confederación Hidrográfica del Tajo en su informe determina que, deberá
mantenerse una distancia mínima de 5 metros desde la zona de siembra a la masa de
agua, sin perjuicio de que deba dejarse una banda mayor, cuando se utilicen productos
fitosanitarios que así lo establezcan en la autorización que figure en su etiqueta.
Por último, cabe indicar que, al transformarse una nueva superficie en regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua, ya
sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Tajo, queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas
y productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier
otro elemento del dominio público hidráulico. Por otro lado, la zona de actuación no se
encuentra en zona vulnerable a la contaminación por nitratos, por lo que parece poco
probable una eventual contaminación de las aguas subterráneas.
No obstante, en este sentido a la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán
seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias.
Se deberá prestar especial atención en no realizar estas operaciones con previsión de
fuertes lluvias, para evitar su lavado mediante los efectos de la escorrentía superficial
o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al cultivo deberá estar debidamente identificado y autorizado su uso. Por tanto, aplicando las correspondientes
medidas preventivas, las afecciones no deberían resultar significativas.


C.2.3. Geología y suelo.

La zona en estudio se encuentra al norte de la provincia de Cáceres, en el término
municipal de Majadas de Tiétar, entres las comarcas de La Vera y Campo Arañuelo. La
pendiente del terreno es en general llana (< 5%).
Dado que los cultivos y el sistema de riego ya están implantados en las parcelas, los
principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se produjeron como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios