Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060925)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad Europea de Madrid, Universidad Europea de Valencia, Universidad Europea de Canarias y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas curriculares y no curriculares.
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NÚMERO 52
Jueves 14 de marzo de 2024

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Sociales designados por la Secretaria General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, a través del Servicio con competencia en materia de protección de menores.
Dicha comisión conocerá de las cuestiones relativas al desarrollo y seguimiento del convenio,
así como de la resolución de todas las cuestiones que surjan en relación con la interpretación
del mismo y su adecuada aplicación.
Decimocuarta. Modificación y resolución
Cualquier modificación del convenio deberá ser acordada por las partes y recogida mediante
adenda al convenio.
Por circunstancias de salud pública u otras causas de fuerza mayor, que impidan realizar las
actividades de la forma prevista inicialmente, éstas podrían ser objeto de modificación para
adecuar el cronograma, la metodología o cualquier otro aspecto procedimental relativo a su
ejecución y que resulte más acorde con la nueva circunstancia sobrevenida, previo acuerdo
de la Comisión de Seguimiento
Son causas de resolución del convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga de
éste.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes, manifestado por escrito.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de
los firmantes.


• En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de dos meses con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la
Comisión de seguimiento.



• Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
 or cese de actividades de la Universidad o de las Administraciones colaboradoras.
f) Por fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.