Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060925)
Resolución de 5 de marzo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad Europea de Madrid, Universidad Europea de Valencia, Universidad Europea de Canarias y la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas curriculares y no curriculares.
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NÚMERO 52
Jueves 14 de marzo de 2024

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a) Derecho al reconocimiento efectivo por parte de la Universidad de la labor que desempeña como persona que desarrolla las funciones de tutoría de un estudiante en
prácticas.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como del
proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
Por su parte, la persona que ejerza la tutoría académica tendrá derecho al reconocimiento de
la labor realizada dentro de su encargo docente, tal y como se determine en el centro correspondiente.
Décimosegunda. Protección de datos de carácter personal.
Las partes se comprometen a tratar los datos personales necesarios para la ejecución del
presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
A estos efectos, las entidades firmantes del convenio asumen la posición de responsables
de los tratamientos que cada una realice en el marco de la ejecución del presente convenio.
La cesión por la UEM, la UEV y la UEC de los datos personales del alumnado a la entidad
colaboradora se realizará mediante la comunicación de los datos adecuados, pertinentes y
necesarios para la finalidad exclusiva de gestión de las prácticas universitarias correspondientes. La entidad colaboradora se compromete a no tratar los datos con otra finalidad sin el
consentimiento del interesado y a no cederlos a terceros sin dicho consentimiento, salvo que
lo requiera una obligación legal.
Las partes se exoneran mutuamente de cualquier responsabilidad que se pudiera generar por
el incumplimiento por una de ellas de las obligaciones derivadas de la normativa de protección
de datos personales.
Decimotercera. Comisión de seguimiento.
Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento del convenio formada por dos representantes de la UEM, la UEV y la UEC designados a tal efecto por el Vicerrectorado de Innovación
Social y Emprendimiento y, por dos representantes de la Consejería de Salud y Servicios