Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2024060968)
Resolución de 28 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
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Miércoles 13 de marzo de 2024

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la cuantía solicitada para la financiación del programa (2,70%) y la cuantía individualizada
máxima (6%) referida en el párrafo anterior, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.5
del Decreto 188/2018, de 13 de noviembre, tal y como queda reflejado en el informe de evaluación de la Comisión de Valoración de 22 de febrero de 2024.
Noveno. Conforme con lo dispuesto en la Resolución de 11 de junio de 2019, de la Vicepresidenta y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del
Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 21 de mayo de 2019, por el
que se da aplicación a la previsión del artículo 148.2 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de Hacienda Pública de Extremadura, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de fiscalización limitada previa (DOE núm. 114, de 14 de junio de 2019), la Intervención
Delegada en la Consejería de Salud y Servicios Sociales, con fecha de 28 de febrero de 2024,
ha emitido los correspondientes informes de fiscalización limitada previa en sentido favorable.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No
obstante, dicha competencia para resolver se encuentra delegada en la Secretaría General de
Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia por Resolución de 25 de septiembre de 2023,
de la Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias
(DOE núm. 189, de 2 de octubre de 2023).
Segundo. El régimen jurídico aplicable al procedimiento de concesión de subvenciones para
la financiación de programas de interés general será el establecido en el Decreto 188/2018,
de 13 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la
financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con
cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(DOE núm. 224, de 19 de noviembre de 2018), su Resolución de 25 de septiembre de 2023,
de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023 (DOE núm.
199, de 17 de octubre) y el anuncio de modificación del extracto publicado en el DOE núm.
247, de 28 de diciembre de 2023, y por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Igualmente, serán de aplicación las normas de
carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
y su reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; así
como por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y demás disposiciones básicas del Estado.