Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024060882)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la Empresa "Estación ITV Vega Baja, SA".
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NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

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recibe como compensación de gastos, como prestaciones y sus complementos, e indemnizaciones o por modificaciones en su relación de trabajo, no formando ninguna de ellas parte del
salario por ser percepciones de carácter extra-salarial.
Son percepciones económicas salariales:
a) Salario base siendo aquella parte de la retribución que se fija exclusivamente por unidad
de tiempo o de obra.
b) Complementos salariales siendo aquellas cantidades que junto con el salario base son
en atención a circunstancias distintas de la unidad de tiempo u obra.
Son percepciones económicas no salariales:
a) Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y sus complementos.
b) Las indemnizaciones o suplidos por gastos que hubieran de ser realizados por el trabajador como consecuencia de su actividad laboral, tales como dietas por desplazamiento,
ropa de trabajo, etc…
c) Las indemnizaciones por ceses, suspensiones, extinciones, resoluciones de contrato o
despido, accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Aquellos complementos salariales que tengan carácter funcional o circunstancial como los de
puesto de trabajo, responsabilidad, los de calidad o cantidad de trabajo realizado, se considerarán no consolidables en el salario del trabajador.
Artículo 22. Carácter de la retribución.
Todos los conceptos económicos pactados en el presente Convenio tienen carácter de brutos.
Artículo 23. Estructura de las percepciones económicas. De la Tabla salarial.
Los conceptos salariales y extra-salariales que forman parte de la tabla salarial son los siguientes: a). salario base, b). gratificaciones extraordinarias y c). Pluses salariales.
La cuantía establecida en la Tabla salarial como salario base, se encuentran incluidas las gratificaciones o pagas extraordinarias.
En el concepto gratificaciones extraordinarias se entiende incluida la retribución de vacaciones.