Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0022)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva parcial del Plan General Municipal de Calamonte.
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NÚMERO 51
Miércoles 13 de marzo de 2024

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no urbanizable de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, pero se ha excluido
de aquélla a los terrenos que se encuentran al sur de la calle Encinilla. De la misma manera, también se ha extraído de la UA-1 la calle Encinilla, para la que el Plan prevé una obra
pública ordinaria con el fin de completar las infraestructuras urbanas.
No encontramos, por tanto, ante un trato distinto para los terrenos que dan frente al norte
de la calle Encinilla, que quedan en el ámbito de una unidad de actuación, y los que dan
frente al sur, que se excluyen de ella, cuando el punto de partida de ambas zonas es el
mismo y dan frente al mismo vial, que parece que no cuenta con todos los servicios, sin
que haya quedado acreditado que los propietarios de los terrenos localizados al sur de la
calle hayan cumplido con las obligaciones impuestas por las Normas Subsidiarias.
Por tanto, el Plan debe contemplar una solución que dé el mismo trato a los propietarios
de terrenos que dan frente a la calle Encinilla, tanto la norte como al sur, debiendo delimitar el correspondiente ámbito para establecer las obligaciones pendientes. El resto de
los terrenos situados al norte del ámbito, y que no dan frente a la calle Encinilla, podrán
seguir formando parte de la UA-1 prevista, junto con los terrenos del suelo no urbanizable
que se incorporan a ella.
El expediente ha seguido el procedimiento dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la
LSOTEX para su aprobación.
V. Acuerdo.
Estudiado el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, debatido el asunto
y con el fin de garantizar el control de la legalidad y el cumplimiento de los cometidos
previstos en el artículo 78 de la LSOTEX.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA
1. A
 probar definitivamente de manera parcial el expediente epigrafiado, según lo dispuesto
en la disposición transitoria cuarta de la LOTUS, modificada por la Ley 5/2022, de 25 de
noviembre, de medidas para la mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, que permite adoptar el acuerdo
según la fórmula prevista en la letra c) del apartado 3 del artículo 58 de la LOTUS para los
planes de ordenación urbanística en tramitación en el momento de su entrada.
2. D
 ejar en suspenso el pronunciamiento sobre la aprobación definitiva de la ordenación prevista por el Plan para la unidad de actuación UA-9 de las vigentes Normas Subsidiadas de