Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060820)
Resolución de 27 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración para la atención de lesionados en accidente de tráfico mediante Servicios de Emergencias Sanitarias para los ejercicios 2024-2027 en el ámbito de la sanidad pública entre el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), y el Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 50
Martes 12 de marzo de 2024

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8.6. Cualquier infracción de estas cláusulas y normas se denunciará a la Comisión de Seguimiento y Vigilancia, que agotará sus posibilidades de actuación, según lo previsto en las
cláusulas y normas de este Convenio.
Novena. Condiciones económicas-tarifas de 2024.
Las tarifas aplicables a las asistencias prestadas serán las recogidas en el anexo II del
Convenio.
9.1. Asistencia o asistencia y traslado de urgencias en el lugar del accidente.
Medios Terrestres: módulo único para servicios urbanos e interurbanos.
397. euros por lesionado trasladado o asistido, cualquiera que sea el tipo de unidad utilizado y el número de unidades terrestres desplazadas.
Cuando en el mismo accidente, existan varios lesionados con asistencia por medio terrestre, se deberá facturar para éstos últimos, el módulo único para servicios urbanos e interurbanos, por lesionado trasladado o asistido.
Medios Aéreos: circunscritos al ámbito de la Comunidad Autónoma.
4.312. euros por asistencia o asistencia y transporte.
9.2. Traslado asistido interhospitalario de lesionados.
369. euros por lesionado trasladado.
Medios Terrestres.
9.2.1. Traslado medicalizado realizado entre Centros Hospitalarios situados dentro del
mismo término municipal urbano:


369. euros por lesionado trasladado.

9.2.2. Traslado medicalizado realizado entre Centros Hospitalarios situados fuera del
mismo término municipal urbano.
369. euros por lesionado trasladado + 3,19.-euros/Km recorrido. Los kilómetros se
computarán en su totalidad desde la salida de la base hasta su vuelta a la misma.
Medios Aéreos: circunscritos al ámbito de la Comunidad Autónoma.
Serán tenidas en cuenta las siguientes consideraciones: