Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0019)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Casar de Cáceres.
250 páginas totales
Página
NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

14535

descarga, entendiéndose diferenciadas ambas zonas, a estos efectos, si existe entre
ellas una distancia mínima de tres (3) metros.
— Las dimensiones mínimas de cada plaza, así como las de los pasillos de circulación y
maniobra serán las especificadas en el número anterior.
— La altura libre mínima será de 2,20 m.
— Para instalaciones de más de cinco plazas de aparcamiento se deberá proyectar acceso
independiente y exclusivo.
— Los garajes de más de 50 plazas deberán disponer de un acceso bidireccional o dos
accesos unidireccionales diferenciados.
— La anchura mínima del acceso será de 3 metros.
La misma anchura mínima será obligatoria para las rampas de acceso y comunicación.
Éstas no podrán ser bidireccionales, y tendrán una pendiente máxima del 16% en tramos rectos y del 12% en tramos curvos, medida en la línea media. El radio de curvatura
medido en el eje será superior a 6 metros.
— Los accesos rodados a los aparcamientos colectivos dispondrán de un espacio horizontal
de espera, en el interior de la parcela e inmediato a la vía, con un fondo mínimo de 5
metros, una anchura igual a la del acceso y una pendiente del 5% como máximo.
— El acceso a los aparcamientos permitirá la entrada y salida frontal de los vehículos sin
que haya que realizar maniobras de marcha atrás.
— Existirá al menos un acceso peatonal independiente. Para que un acceso peatonal contiguo al vial para vehículos se pueda considerar como independiente deberá cumplir las
siguientes condiciones:


a) su anchura será de 800 mm, como mínimo;



b) estará protegido, bien mediante barreras de protección de 800 mm de altura, como
mínimo, o bien mediante pavimento a un nivel más elevado, en cuyo caso el desnivel
estará protegido del riesgo de caídas y adecuadamente señalizado.

— En plantas de aparcamiento con capacidad mayor que 200 vehículos o con superficie
mayor que 5.000 m2, los itinerarios peatonales utilizables por el público (personas no
familiarizadas con el edificio) se identificarán mediante pavimento diferenciado con pinturas o relieve, o bien dotando a dichas zonas de un nivel más elevado. Cuando dicho
desnivel exceda de 550 mm, se protegerá del riesgo de caídas.