Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0019)
Acuerdo de 25 de mayo de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal de Casar de Cáceres.
250 páginas totales
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NÚMERO 49
Lunes 11 de marzo de 2024

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Artículo 2.2.39. Red de abastecimiento. Condiciones particulares.
— Su instalación será siempre subterránea, bajo acerado a una profundidad mínima de 0,60
metros y disponiéndose siempre a una cota superior a la de la red de saneamiento.
— Sus características técnicas se adecuarán a las prescripciones del Ayuntamiento o en su
defecto a las Normas Tecnológicas de la Edificación.
— En instalaciones de nueva creación se preverán bocas de riego en cuantía suficiente a las
necesidades del área.
Artículo 2.2.40. Red de energía eléctrica. Condiciones particulares.
— Las redes de distribución de energía eléctrica en baja tensión que hayan de realizarse serán
obligatoriamente subterráneas cuando transcurran por zonas urbanas.
— Los centros de transformación se ubicarán en locales situados en plantas bajas, sótanos o
semisótanos de los edificios o en el subsuelo de los espacios libres.
— Las condiciones técnicas de las instalaciones de las redes se adecuarán a las determinaciones de los Reglamentos Electrotécnicos para Baja o Alta Tensión que les sean aplicables.
Artículo 2.2.41. Red de alumbrado público. Condiciones particulares.
— Las condiciones técnicas de la red se adecuarán a las determinaciones de los Reglamentos
Electrotécnicos que le sean de aplicación.
— Las conducciones serán obligatoriamente subterráneas.
— Las luminarias, báculos y demás elementos adecuarán su composición a las de la zona en
que se enclaven.
Artículo 2.2.42. Red de telefonía y otras.
— Tanto la red de telefonía como otras infraestructuras no mencionadas expresamente adecuarán sus instalaciones a la reglamentación específica que les sea aplicable, y a las directrices municipales.
Sección 6.ª Uso Terciario.
Artículo 2.2.43. Uso terciario. Definición y pormenorización.
Es el que corresponde a los edificios y locales destinados a la prestación de servicios al público, empresas u organismos, o al comercio al por menor en sus distintas formas, información,
administración, gestión, actividades de intermediación financiera u otras similares.