Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060857)
Resolución de 24 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Equipamientos en Finca El Rebellado", cuya promotora es Fundación Hija de Pepe Reyes, Dolores Bas de Arús, en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA23/0571.
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Viernes 8 de marzo de 2024

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aprobación definitiva (Ley 15/2001), asimismo no se detecta afección sobre ningún
instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial
de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de
intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde
el 27 de junio de 2019. Con respecto a las competencias del Servicio de Urbanismo,
indica que se encuentra actualmente vigente el Plan General Municipal y el Plan Especial
de Protección del Casco Histórico de Badajoz aprobado definitivamente por Resolución
de 7 de noviembre de 2007, del Consejero, publicado en el DOE n.º 136, de 24 de noviembre de 2007. En virtud de lo establecido en los artículos 143.3.a), 145.1 y 164 de
la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura, corresponde al municipio de Badajoz realizar el control de legalidad de
las actuaciones, mediante el procedimiento administrativo de control previo o posterior
que en su caso corresponda, comprobando su adecuación a las normas de planeamiento
y al resto de legislación aplicable. Se ha comprobado que se encuentra en tramitación
el procedimiento de otorgamiento de la calificación rústica. Si como consecuencia del
resultado del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, el informe
de impacto ambiental determina que el proyecto tiene efectos significativos sobre el
medio ambiente y debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, la Dirección General de Sostenibilidad notificará este pronunciamiento a la Dirección General
de Urbanismo y Ordenación del Territorio, con la finalidad de continuar con el procedimiento de calificación rústica y de emitir un informe urbanístico ajustado a lo previsto
en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015.
—E
 l Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales informa sobre la normativa
específica de incendios forestales:


• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y modificaciones posteriores.



• Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y modificaciones posteriores.



• Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en
Extremadura.



• Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



• Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra
Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).



• Las diferentes Órdenes anuales de declaración de peligro (bajo, medio, alto), en función de las condiciones meteorológicas.