Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060829)
Resolución de 24 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por José Venegas Méndez, en el término municipal de Barcarrota (Badajoz).
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Miércoles 6 de marzo de 2024

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deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Se
realizará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a la fosa de
purines.
5. En el caso de instalar aseos, las aguas residuales generadas en los mismos serán almacenadas en una fosa séptica estanca (diferente a la fosa de purines) y se gestionarán
por empresa autorizada.
6. Los residuos generados durante la fase de construcción-adaptación de las instalaciones existentes deberán ser gestionados conforme a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que
se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de
construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
7. A
 l finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos generados durante la construcción-adaptación de las instalaciones y se realizará la
restauración ambiental de la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del
comienzo de las obras.
8. En el caso que las instalaciones dispongan de alumbrado nocturno, éste se situará en
puntos bajos y dirigido hacia el suelo (apantallado) y utilizando preferentemente luminarias tipo LED.
9. Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán
su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura e
Igualdad.
— Medidas en la fase operativa de protección del suelo y de las aguas.
1. Tratamiento y gestión del estiércol. Para el control del programa de gestión de purines o
estiércol la explotación porcina deberá disponer de un “Libro de Registro de Gestión de
Estiércoles” que recoja de forma detallada los volúmenes extraídos y el destino de cada
partida. En el caso de que se eliminen como abono orgánico se dispondrá, además, de
un “Plan de Aplicación Agrícola” de los estiércoles, en el que conste, por años, la producción de estiércoles o purines, su contenido en nitrógeno, así como las parcelas donde
se aplica, qué se cultiva y en qué momento se realizan las aplicaciones. La aplicación
agrícola se realizará cumpliendo las siguientes condiciones: