Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024050023)
Orden de 29 de febrero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la integración social de menores y jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral.
43 páginas totales
Página
NÚMERO 46
Miércoles 6 de marzo de 2024

13634

mínimo interprofesional para el año 2023, establece en el artículo 1 “El salario mínimo para
cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de
sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 36 euros/día o 1080 euros/mes, según el
salario esté fijado por días o por meses”.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, viene a regular, en el marco de la legislación básica estatal, el régimen jurídico de las
subvenciones a otorgar por los entes del sector público autonómico, estableciendo entre los
requisitos del acto subvencional que “el proyecto, la acción, conducta o situación financiada
tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública”. Asimismo, el artículo 8 de esta ley establece que, con carácter
previo al otorgamiento de subvenciones, deberán aprobarse las normas que contengan las
bases reguladoras de la concesión en los términos establecidos en la propia ley.
El artículo 16 de la mencionada Ley 6/2011, de 23 de marzo, dispone que las bases reguladoras de las subvenciones se establecerán por orden de la persona titular de la Consejería correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos vinculados, previo informe
de la Abogacía General y de la Intervención General.
La presente disposición se adecúa a los principios de buena regulación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, se cumple con los principios de necesidad
y eficacia, al estar la iniciativa normativa justificada por la necesidad de desarrollar programas
de integración social y laboral de menores y jóvenes. que pertenezcan o hayan pertenecido al
Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura.
En cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma establece una regulación acorde con las normas jurídicas que le sirven de marco y adecuada para atender la necesidad a
cubrir: el establecimiento de las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones
necesarias para que las empresas, y entidades locales extremeñas puedan impulsar y desarrollar la integración referida.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta orden es coherente con el
conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. Igualmente, se ha tenido en
cuenta el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación, así como
se ha promovido la participación de las personas y entidades potencialmente destinatarias o
aquellas interesadas. A tal efecto, en el proceso de elaboración de la orden se cumplen los
trámites de consulta previa y de audiencia e información pública previstos en el artículo 133
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.