Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024050023)
Orden de 29 de febrero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la integración social de menores y jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral.
43 páginas totales
Página
NÚMERO 46
Miércoles 6 de marzo de 2024

13635

Finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta orden, establece criterios objetivos
y claros sobre el ciclo completo de gestión de la tramitación de las subvenciones, y persigue
una correcta utilización de los recursos públicos.
Esta orden se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.
En su virtud, de conformidad con los artículos 36.f y 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y 16 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
a propuesta de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales
DISPONGO
Capítulo 1
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las que ha de regirse la concesión de subvenciones para fomentar la integración social de menores y jóvenes,
mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral a través de la contratación a jornada completa, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
— Los jóvenes o menores pertenezcan o hayan pertenecido al sistema de protección de
menores de la Junta de Extremadura.
— Tengan una edad comprendida entre los dieciséis y los veinticinco años.
— Presenten especiales dificultades para acceder y mantenerse en el mercado laboral.
2. La concesión de subvenciones para fomentar la integración social de menores y jóvenes
objeto de la presente orden contempla las siguientes líneas:
— Línea I: Incorporación al mercado laboral; esta línea irá destinada a subvencionar aquellos primeros contratos de trabajo celebrados con menores o jóvenes pertenecientes al
Sistema de Protección de la Junta de Extremadura, que anteriormente no hayan sido
contratados por ninguna empresa o entidad. Quedan incluidos igualmente dentro de
esta Línea I, los contratos de trabajo inferiores a seis meses que hayan finalizado por
causa ajena al menor o joven.