Consorcio Museo Vostell Malpartida. Procesos Selectivos. (2024060754)
Resolución de 22 de febrero de 2024, de la Presidencia del Consejo Rector, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo Rector por el que se aprueba la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo mediante concurso de méritos para la contratación de un/a Economista con destino en la sede de Mérida del Consorcio, así como constitución de bolsa de trabajo.
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NÚMERO 43
Viernes 1 de marzo de 2024

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c) 
Otros.


a) Méritos por experiencia profesional, que supondrán un máximo de 70 puntos.

a.1. Servicios prestados en entidades del sector público que tengan la condición
de Consorcios o Fundaciones en la categoría y especialidad a la que se desea
acceder, computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación
de instancias, 0,5 puntos por cada mes de servicios hasta un máximo de 30
puntos. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
a.2. Servicios prestados como personal funcionario o laboral, interino o tem­poral
en la categoría y especialidad a la que se desea acceder en cuerpos adscritos a
administraciones públicas y entidades del sector público distintas a las descritas
en a.1. computados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
instancias, 0,5 puntos por cada año de servicios hasta un máximo de 30 puntos.
A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.


a.3. Servicios prestados en el sector privado en la categoría y especialidad a la que
se desea acceder, computados hasta la fecha de finalización del plazo de pre­
sentación de instancias. 0,3 puntos por cada mes de servicios hasta un máximo
de 10 puntos. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.



Acreditación de los méritos profesionales:
Contrato de trabajo (fotocopias compulsadas de los mismos) o certificado expedido
por la administración pública o empresa privada contratante. Además, la vida laboral
expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (este último documento
es necesario y complementario de los anteriores, sin que sea suficiente por sí sólo,
para la acreditación de tales circunstancias). El Tribunal podrá no valorar aquellos
servicios aducidos de forma insuficiente o incorrecta.



b) Méritos por formación académica, que supondrán un máximo de 20 puntos.
b.1. Por la posesión de titulaciones universitarias oficiales de nivel superior, afines
al perfil (grados, licenciaturas, diplomaturas, másteres o doctorados), 5 puntos
por cada titulación hasta un máximo de 10 puntos.
b.2. Por otros títulos académicos obtenidos dentro de planes oficiales u homologa­
dos relacionados con el desempeño de las funciones del puesto objeto de la
convocatoria, 2,5 puntos por cada titulación, hasta un máximo de 10 puntos.