Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2024060765)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Turgallium Solar 1, SL, para la instalación fotovoltaica "Prímula", ubicada en el término municipal de Garrovillas de Alconétar (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/46/22.
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NÚMERO 43
Viernes 1 de marzo de 2024

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to 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad
y emisiones acústicas.


1.5. Deberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios
Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así como el Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan
de lucha contra incendios forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(Plan Infoex), y modificaciones posteriores.



1.6. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en el documento ambiental, mientras no sean contradictorias con las primeras.

2. M
 edidas en la fase de construcción y explotación de la actividad.


2.1. Los trabajos de construcción no se iniciarán entre los meses de abril a junio por ser
los meses de mayor sensibilidad para las especies reproductoras.



2.2. Se evitará la realización de trabajos nocturnos con el objeto de evitar molestias a
la fauna por generación de ruidos. En caso de que fueran necesarios, se deberá solicitar autorización expresa al órgano ambiental. En cualquier caso, estarán limitados a zonas muy concretas, y siempre que no puedan suponer afección a especies
protegidas.



2.3. En las zonas que hayan sufrido compactación del suelo por el tránsito de maquinaria, se llevarán a cabo labores de descompactación mediante gradeo de roturación
superficial (20-30 cm) con doble pase.



2.4. E
 n caso de generar terraplenes y desmontes con pendientes superiores al 15%,
serán objeto de restauración mediante hidrosiembra y/o instalación de acolchados
u otras tecnologías con objeto de favorecer el desarrollo de vegetación y minimizar
los procesos erosivos.



2.5. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con tratamiento químico anti reflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz, incluso en periodos nocturnos
con luna llena, con el objeto de minimizar la afección sobre la fauna.

2.6. Los movimientos de tierras serán exclusivamente los descritos en el documento
ambiental para el nivelado del terreno, para los caminos, zanjas de cableados y
para la línea de evacuación.