Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2024060765)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Turgallium Solar 1, SL, para la instalación fotovoltaica "Prímula", ubicada en el término municipal de Garrovillas de Alconétar (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/46/22.
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Viernes 1 de marzo de 2024



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2.7. Se establecerán zonas de exclusión en torno al arbolado que se encuentre en buen
estado fitosanitario (encinas y piruétanos principalmente). Se procurará la conservación de las especies ruderales y matorral que crezcan en los espacios libres existentes en el interior de los vallados de la planta FV (sólo se desbrozarán plantas
matorralizadas cuando supongan obstáculos a la implantación del proyecto) y se
favorecerá el crecimiento de la vegetación herbácea espontánea bajo los módulos
fotovoltaicos durante toda la vida útil de la instalación.



2.8. Se establecerán zonas de reserva en torno a los cauces, evitando cualquier tipo de
obra o instalación en la zona de máxima avenida para un periodo de retorno de 500
años (salvo las relativas a cruces por caminos o pistas necesarias, y cerramientos
de exclusión). Se excluirán las instalaciones e infraestructuras asociadas en un buffer de 20 metros de la línea de máximo de llenado de todas las charcas incluidas
dentro de la planta FV o en las inmediaciones de ésta.



2.9. Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra, manteniendo y favoreciendo las
zonas de matorral/pastizal en toda la FV. Se procurará la conservación de las especies ruderales y matorral que crezcan en los espacios libres existentes en el interior
del vallado de la planta FV y se favorecerá el crecimiento de la vegetación herbácea
espontánea bajo los módulos fotovoltaicos. No se retirará la tierra vegetal ni se
harán decapados, nivelaciones ni compactaciones fuera de las zonas que vayan a
ser ocupadas realmente por la maquinaria y las instalaciones fijas y definitivas. Los
paneles se instalarán hincando las estructuras en el suelo, evitándose modelos que
requieran de cimentación y hormigonado en anclaje. En todo momento se evitará
la realización de voladuras. La altura de colocación de los módulos solares debe
adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el
ganado.



2.10. En la zona de implantación de los módulos solares deberá respetarse la capa de
suelo fértil. Finalizada la fase de obras se procederá al escarificado superficial del
terreno de cara a favorecer el crecimiento de la vegetación herbácea natural de
forma espontánea. En caso de que sea necesario, se seguirán los criterios y procedimientos precisos para la restauración de la cubierta vegetal herbácea natural
y de los procesos ecológicos del terreno.



2.11. Se deben restituir las áreas alteradas, especialmente en zanjas o si se generan
taludes. Gestionar adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las
tareas de restauración de las superficies alteradas, que debe llevarse a cabo paralelamente durante la fase de construcción.