Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2024060630)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Dirección del Consorcio, por la que se convocan pruebas selectivas, por turno libre, para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Titulado Superior, Especialidad Administración General, perteneciente al Grupo I.
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NÚMERO 39
Lunes 26 de febrero de 2024

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2. R
 esueltas las alegaciones presentadas se dictará resolución, a publicar en el Diario Oficial
de Extremadura, declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de la fecha, lugar y hora del comienzo de la prueba selectiva.
Las listas provisionales y definitivas se expondrán en todo caso en el tablón de anuncios
de la sede del Consorcio en la calle Santa Julia n.º 5 de Mérida y en la página web de la
entidad, en el enlace indicado de empleo.
Quinta. Tribunales de Selección.
1. El Tribunal de Selección encargado de la valoración de estas pruebas selectivas estarán
formados por las personas indicadas en el anexo II.
2. No podrán formar parte de los órganos de selección el personal que desempeñe cargos de
elección o designación política o los haya desempeñado en los dos últimos años, el personal funcionario interino, el personal laboral temporal y el personal eventual, el personal
directivo profesional, las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria correspondiente, hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas.
3. Las organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de negociación correspondientes podrán participar como observadores durante la totalidad del proceso selectivo a
excepción de aquellos actos en los que se delibere, decida o materialice el contenido de la
prueba, antes de su realización.
4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten
la Presidencia y la Secretaría o de quienes, en su caso, las sustituyan, y de la mitad, al
menos, de sus miembros.
5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo
a la Dirección del Consorcio, cuando en ellos concurra cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el apartado anterior, en
cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
6. Los miembros del Tribunal deberán poseer una titulación de igual o superior categoría al
de la exigida para el acceso a la categoría profesional objeto de la presente convocatoria.
7. A efectos de comunicación, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en las oficinas del Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida en la calle Santa Julia n.º
5 de Mérida.