Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2024060630)
Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Dirección del Consorcio, por la que se convocan pruebas selectivas, por turno libre, para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de Titulado Superior, Especialidad Administración General, perteneciente al Grupo I.
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NÚMERO 39
Lunes 26 de febrero de 2024

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Categoría y/ o Especialidades y que no puedan realizar alguna de ellas por coincidencia de
fecha, hora o lugar de celebración de los ejercicios y soliciten la devolución del ingreso. En
la medida de lo posible se procurará que no haya coincidencia de fecha y hora o lugar de
celebración de los mencionados ejercicios.
No será procedente la devolución de la tasa en los supuestos de exclusión de participación
en las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen, o de encontrarse en situación
de exención, determinará la exclusión del aspirante.
9. Los aspirantes con discapacidad deberán indicar expresamente en la solicitud de participación, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de
los ejercicios. A tal efecto, el Tribunal de Selección atenderá a lo dispuesto en el artículo 9
del Decreto 111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la
que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los
procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
El Tribunal podrá oír al interesado, y pedirá asesoramiento y, en su caso, colaboración de
los órganos técnicos y asociaciones competentes.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Director dictará resolución en el plazo
máximo de cinco días hábiles declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos con indicación de su causa. La resolución se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la página web del Consorcio.
En dicha resolución se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las
listas certificadas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de cinco días
hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones, contados a partir del día siguiente
al de su publicación en el citado diario.
No se considerará defecto formal subsanable no haber añadido los documentos exigidos
para ser admitido en el plazo de solicitud, a través de la aplicación indicada en la base
tercera, apartado 2.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba.