Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060542)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la "Realización de actividades relativas a la protección radiológica ambiental, a la vigilancia de las emisiones industriales y al mantenimiento de la red de medición de calidad del cielo nocturno y contaminación lumínica en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD001.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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c) e
 xhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para
el público, en las que figure el emblema de la Unión, de conformidad con las
características técnicas que figuran en el anexo IX, tan pronto como comience
la ejecución física de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan adquirido, con respecto a:
i) o
 peraciones que reciban ayuda del FEDER y el Fondo de Cohesión y cuyo
coste total sea superior a 500 000EUR;
ii) o
 peraciones que reciban ayuda del FSE+, el FTJ, el FEMPA, el FAMI, el FSI
o el IGFV y cuyo coste total sea superior a 100 000EUR;
p
 ara las operaciones que no se incluyan en la letra c), exhibirán en un lugar
bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una
pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se
destaque la ayuda de los Fondos; en los casos en los que el beneficiario sea
una persona física, dicho beneficiario asegurará, en la medida de lo posible,
la disponibilidad de información adecuada donde se destaque la ayuda de los
Fondos, en un lugar visible para el público o mediante una pantalla electrónica;
Medidas de información y
comunicación:
(Artículo 50 y Anexo IX
del Reglamento (UE) n.º
2021/1060)

e) p
 ara las operaciones de importancia estratégica y las operaciones cuyo coste
total sea superior a 10 000 000EUR, organizarán una actividad o acto de comunicación, según convenga, y harán participar a la Comisión y a la autoridad
de gestión responsable en su momento oportuno.
E
 l requisito establecido en la letra d) del párrafo primero no se aplicará en caso de
que el beneficiario del FSE+ sea una persona física, o en el caso de operaciones
que reciben ayuda con arreglo al objetivo específico establecido en el artículo 4,
apartado 1, letra m), del Reglamento del FSE+.
C
 omo excepción a lo dispuesto en el párrafo primero, letras c) y d), en el caso
de las operaciones que reciban ayuda del FAMI, el FSI y el IGFV, el documento
que establezca las condiciones de la ayuda podrá fijar requisitos específicos para
mostrar información al público sobre el apoyo de los Fondos cuando resulte justificado por motivos de seguridad y orden público de conformidad con el artículo
69, apartado 5.
2. E
 n el caso de los fondos para pequeños proyectos, el beneficiario cumplirá las obligaciones establecidas en virtud del artículo 36, apartado 5, del Reglamento Interreg.
En el caso de los instrumentos financieros, el beneficiario se asegurará mediante
las cláusulas contractuales de que los perceptores finales cumplan los requisitos
establecidos en el apartado 1, letra c).
3. C
 uando el beneficiario no cumpla con sus obligaciones contempladas en el artículo
47 o en los apartados 1 y 2 del presente artículo, y si no se han adoptado medidas correctoras, la autoridad de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el
principio de proporcionalidad, y cancelará hasta un máximo del 3 % de la ayuda
de los Fondos a la operación de que se trate.

Intercambio de i
nformación:

Los Estados miembros garantizarán que todos los intercambios de información entre
los beneficiarios y las autoridades del programa se lleven a cabo mediante sistemas
Artículo 69.8 del Reglamende intercambio electrónico de datos de conformidad con el anexo XIV.
to de Ejecución (UE)
n.º 2021/1060
Gastos Subvencionables:

Se deberá aplicar las normas sobres los gastos subvencionables de los programas
operativos.