Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060542)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para la "Realización de actividades relativas a la protección radiológica ambiental, a la vigilancia de las emisiones industriales y al mantenimiento de la red de medición de calidad del cielo nocturno y contaminación lumínica en Extremadura. Anualidades 2024-2027". Expediente: 241803FD001.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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de los Fondos; en los casos en los que el beneficiario sea una persona física, dicho
beneficiario asegurará, en la medida de lo posible, la disponibilidad de información
adecuada donde se destaque la ayuda de los Fondos, en un lugar visible para el público o mediante una pantalla electrónica;
2. C
 uando el beneficiario no cumpla con sus obligaciones contempladas en el artículo 47 o
en el apartado 1 del artículo 50, y si no se han adoptado medidas correctoras, la autoridad de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad,
y cancelará hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la operación de que
se trate.
Igualmente se deberá tener en cuenta la referencia a la Junta de Extremadura en las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones a que se refiere el Decreto
50/2001, de 3 de abril, y cumpliendo en todos los casos lo establecido en el Decreto 44/2016,
de 12 de abril, por el que se modifica el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba la Identidad Corporativa del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 95/2012, de 1 de junio, por el que se regulan el acceso y
normas de uso del correo electrónico corporativo de la Junta de Extremadura.
El convenio será publicado en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de
la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto de Extremadura.
Novena. Responsabilidades del Convenio.
Los contratos que pudiera celebrar la Universidad de Extremadura con terceros, en ejecución
de las actuaciones objeto de este Convenio serán de su exclusiva responsabilidad, efectuándose a su riesgo y ventura.
Así mismo, si la Universidad de Extremadura contratara personal con cargo al presente Convenio, no tendrá relación laboral alguna con la Junta de Extremadura.
La Universidad de Extremadura deberá someterse a cualquiera de las actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación,
la Autoridad de Auditoria, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de
control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
Décima. Resolución y causas de extinción.
Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Convenio, comunicándolo por escrito a la
otra parte, al menos, con quince días de antelación a la fecha prevista de resolución.