Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2024060627)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de la Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024



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— De forma telemática a través del registro electrónico general de Sede electrónica
de la Junta de Extremadura, en la dirección habilitada: https://sede.gobex.es/
SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf



Para la utilización del referido registro deberá disponer de DNI electrónico o certificado digital.



3.º S
 e deberá acompañar el modelo de Alta de Terceros debidamente cumplimentado
para poder realizar la devolución del importe correspondiente.

Cuarto. Funciones de la Comisiones de Desarrollo.
1. E
 ntre las funciones de las Comisiones de Desarrollo estará la planificación y supervisión del
desarrollo de las pruebas; custodia de los ejercicios y su traslado para la posterior corrección por parte de las comisiones evaluadoras; emisión y firma de las actas.
2. Las Comisiones para el desarrollo de las pruebas velarán por el control de entrega de ejercicios. Para ello, cada aspirante firmará la entrega de cada ejercicio en el listado de participantes, siendo éste firmado por la presidencia de la comisión para su posterior traslado a
la Comisión Evaluadora junto con los ejercicios. Si la presidencia de la comisión lo estima
necesario podrá nombrar un colaborador o colaboradora adicional por cada parte que apoye en las labores de control de entrega de ejercicios.
3. L
 as Comisiones para el desarrollo de las pruebas tomarán las medidas específicas para la
adaptación de las pruebas a cada aspirante que, por razones de discapacidad o incapacidad
temporal, lo hubieran solicitado en la inscripción o por incapacidad temporal sobrevenida
posteriormente a la solicitud. En estos casos, la Comisión Evaluadora habrá determinado y
concretado con las Comisiones para el desarrollo de las pruebas, las adaptaciones que han
de aplicarse a cada aspirante.
4. Las presidencias de las Comisiones para el desarrollo de las pruebas, o personas en quien
éstas deleguen, serán las encargadas de entregar las pruebas realizadas por los aspirantes
en la sede de la Comisión Evaluadora, sita en el Centro de Profesores y Recursos de Mérida,
en la fecha establecida en el anexo XI de esta resolución.
Quinto. Centros de realización de las pruebas.
1. C
 on antelación al comienzo de las pruebas la Dirección General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa determinará los centros en los que éstas se desarrollarán.
2. A
 cada una de las personas que hayan sido admitidas al proceso se les notificará el Centro
Educativo donde realizará las pruebas. Esta notificación se hará en la fecha especificada