Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2024060627)
Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de la Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 37
Jueves 22 de febrero de 2024

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3. El impago del importe de la cuota del precio público dentro del plazo establecido en la
inscripción o su pago incompleto será motivo de exclusión, así como, si se detectase
falsedad o inexistencia de la documentación necesaria para tener derecho a la exención
total o bonificación del precio público.
4. L
 a no presentación a las pruebas no comportará la devolución del precio público.
5. D
 evolución del precio público de solicitud:
a) Procederá la devolución del precio público, a petición de la persona interesada que se
inscriba en los plazos señalados para la presente convocatoria, única y exclusivamente
cuando se haya producido duplicidad de pago o exceso en la cantidad pagada, respecto
de la que realmente corresponda.
b) Para ello:


1.º D
 eberá rellenar el modelo 735 que se halla en el Portal Tributario de la Junta de
Extremadura.



2.º D
 eberá presentar un escrito solicitando dicha devolución a la Dirección General de
Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, detallando las circunstancias de la solicitud. Dicho escrito deberá presentarse por alguno de los siguientes
medios:



— En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido en
el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de
registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas en el anexo a la Resolución
de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas de
Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para atender a lo previsto en el artículo 84.bis de la Ley 1/2002 ,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.



— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.



— En el caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos de
España, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por
el personal de Correos antes de ser certificada.