Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Agentes Del Medio Natural. (2024050013)
Orden de 2 de febrero de 2024 por la que se regula la uniformidad del personal de la especialidad Agentes del Medio Natural y los elementos identificativos de las instalaciones y de los medios que utilizan en el ejercicio de sus funciones.
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NÚMERO 29
Viernes 9 de febrero de 2024

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to necesario, de acuerdo con las instrucciones a tal efecto recibidas de su órgano de
adscripción.
b) Comunicar inmediatamente a las personas que ostenten la titularidad de la Coordinación de la UTV en la que presten sus servicios la pérdida o el deterioro de las prendas del
uniforme, del equipamiento o de los elementos de acreditación, al objeto de proceder
a su reposición. En caso de sustracción, el personal afectado deberá interponer individualmente la denuncia pertinente ante las autoridades.
c) Devolver el uniforme, el equipamiento, y los elementos de acreditación como Agente del
Medio Natural de la Junta de Extremadura en el caso de que se pierda la vinculación con
el puesto de trabajo de forma definitiva por cualquier circunstancia. No obstante, podrá
conservar la placa debidamente invalidada.
d) Devolver los elementos de acreditación en el caso de suspensión de funciones.
e) E
 xhibir únicamente los distintivos autorizados oficialmente y regulados reglamentariamente, salvo en aquellos casos de uniformes que habiéndose entregado recientemente
estén aún en periodo de uso.
f) Sólo podrán llevar visibles los distintivos previstos reglamentariamente y los que sean
necesarios por la naturaleza de la actuación a realizar, que serán expresamente autorizados por la unidad que tenga atribuida la coordinación de todo el personal de la especialidad Agentes del Medio Natural.
g) Dar un buen uso a las prendas, equipos y medios de la Administración puestos a su disposición para el mejor desempeño de su trabajo, debiendo contribuir a su conservación
y mantenimiento. Será competencia del Servicio de adscripción determinar el grado de
uso y estado del uniforme a la hora de proceder a la reposición de sus piezas.
h) F
 irmar el acuse de recibo de conformidad con la entrega de las prendas, distintivos y
EPIs que reciba.
Artículo 10. Entrega del uniforme y renovación.
1. E
 l personal de la especialidad Agentes del Medio Natural dispondrán del uniforme, así como
de su acreditación y NIP desde el momento de su incorporación al colectivo de Agentes del
Medio Natural.
2. C
 uando debido a su uso continuado los materiales hayan sufrido un deterioro, se hayan
extraviado o hayan sido sustraídos (previa presentación de la denuncia que lo acredite en
este último caso) serán repuestos a la mayor brevedad posible.