Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Agentes Del Medio Natural. (2024050013)
Orden de 2 de febrero de 2024 por la que se regula la uniformidad del personal de la especialidad Agentes del Medio Natural y los elementos identificativos de las instalaciones y de los medios que utilizan en el ejercicio de sus funciones.
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NÚMERO 29
Viernes 9 de febrero de 2024

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teria forestal, cinegética, piscícola, de incendios, de conservación de la naturaleza, etc. (escalada o trabajos en altura, maletines de investigación, herramientas forestales, mochilas,
chalecos…), sea de uso habitual o esporádico, debe utilizarse adecuadamente, realizándosele
el mantenimiento mínimo obligatorio cuando así corresponda. Además, en el caso de las herramientas, al tratarse de equipos de trabajo, deberán adecuarse a los procedimientos establecidos por el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 24. Reparto y distribución.
El reparto y distribución de estos medios seguirá criterios de organización y operatividad.
En general y salvo excepciones, se realizará la reposición de aquellos que sea necesario por
razones del trabajo.
CAPÍTULO III
De la responsabilidad y difusión
Artículo 25. Responsabilidad.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta orden dará lugar, en su caso, a la
exigencia de responsabilidad disciplinaria de acuerdo con el régimen disciplinario aplicable a
las personas empleadas públicas.
Artículo 26. Difusión y divulgación.
1. L
 a Junta de Extremadura dará publicidad y posibilitará el conocimiento entre la ciudadanía
de la imagen oficial del personal de la especialidad Agentes del Medio Natural de la Junta
de Extremadura.
2. I gualmente, se promoverán campañas de difusión entre la ciudadanía, especialmente en el
medio rural, de las funciones y la labor del colectivo de Agentes del Medio Natural.
3. A
 simismo, se facilitará la participación del personal de la especialidad Agentes del Medio
Natural en los centros educativos de diferentes niveles que lo soliciten, en materias propias de su especialidad como forestal, cinegética, piscícola, diversidad natural, incendios,
desarrollo sostenible, etc.
Disposición transitoria primera. Actualización.
1. L
 os escudos e insignias oficiales se irán incorporando al uniforme del colectivo de Agentes
del Medio Natural a medida que se vayan reponiendo las diferentes prendas que conforman
el mismo.