Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Agentes Del Medio Natural. (2024050013)
Orden de 2 de febrero de 2024 por la que se regula la uniformidad del personal de la especialidad Agentes del Medio Natural y los elementos identificativos de las instalaciones y de los medios que utilizan en el ejercicio de sus funciones.
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Viernes 9 de febrero de 2024

2. L
 os vehículos del parque móvil del personal de la especialidad Agentes del Medio Natural
que tengan menos de diez años de antigüedad se rotularán en un plazo máximo de 24
meses a partir de la entrada en vigor de esta orden.
Disposición transitoria segunda. Agentes del Medio Ambiente y Agentes Forestales.
Esta orden será igualmente de aplicación al personal que a la entrada en vigor de la misma
pertenezca a la especialidad Agente Forestal, actualmente en la situación de “a extinguir”.
Disposición transitoria tercera. Uniforme.
Se podrán seguir utilizando los elementos de uniformidad actuales si estos se encuentran en
buen estado y dentro de su vida útil o garantía. La renovación del uniforme se irá realizando
gradualmente según necesidades específicas, una vez se resuelvan satisfactoriamente los
procedimientos de contratación y el órgano de adscripción reciba correctamente los materiales correspondientes a dichos suministros.
Disposición transitoria cuarta. Elementos identificativos de los vehículos oficiales.
La incorporación de los elementos identificativos de los vehículos oficiales se realizará progresivamente.
Disposición final primera. Modificación de Anexos.
El contenido de los anexos de esta orden podrá ser modificado mediante resolución de la
persona titular de la Dirección General competente en materia de Agentes del Medio Natural.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 2 de febrero de 2024.
El Consejero de Gestión Forestal y
Mundo Rural,
IGNACIO HIGUERO DE JUAN