Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060382)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Junta de Extremadura para la adaptación del Centro Residencial "Cervantes" de Cáceres a la atención a personas con ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica) con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resilencia.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el
Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012. Este período será de tres años si la financiación
es de un importe inferior o igual a 60.000 euros.
10. P
 ara la ejecución del presente convenio, tanto la Junta de Extremadura como los perceptores finales de fondos designados por ésta deberán cumplir, o hacer cumplir, en su caso,
las siguientes obligaciones:
a) Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en la Unión Europea o ser signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio
y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto del
convenio.
b) Prestar las actividades objeto del convenio desde centros de trabajo situados en la
Unión Europea o ser signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio.
c) Con relación al empleo que se pueda crear en España para la prestación de la actividad
objeto del convenio, éste se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad
Social en el territorio nacional. El cumplimiento de este requisito tendrá que justificarse
documentalmente. Este empleo garantizará los estándares de dignidad, particularmente, el cumplimiento de las obligaciones legales de reserva de empleo para personas con
discapacidad establecidas en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las
Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
d) Contribuir al objetivo de la autonomía estratégica y digital de la Unión Europea, así
como garantizar la seguridad de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente o subsistema tecnológico
sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la adquisición de equipos,
componentes, integraciones de sistemas y software asociado a proveedores ubicados
en la Unión Europea.
e) C
 onservar los documentos en formato electrónico durante un periodo de cinco años a
partir de la operación, de conformidad con el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican
los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE)
n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE)