Presidencia De La Junta. Presupuestos. (2024010001)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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A estos efectos, el grado de discapacidad o la incapacitación serán reconocidas o declaradas por el órgano administrativo o judicial competente, de acuerdo con la normativa
aplicable”.
Cinco. El artículo 17 queda redactado del siguiente modo:
“Artículo 17. Mejora de la reducción personal en las adquisiciones por causa de muerte
para los causahabientes incluidos en los grupos I y II de parentesco.
Los causahabientes incluidos dentro de los grupos I y II del artículo 20.2.a) de la Ley
29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, podrán aplicarse una reducción en la base imponible de 500.000 €”.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura
Se incluye un nuevo artículo 152 quater en el Capítulo III del Título V con el siguiente tenor
literal:
“Artículo 152 quater.- Sistema de supervisión continua.
1. Todas las entidades integrantes del sector público institucional autonómico están sujetas, desde su creación hasta su extinción, a la supervisión continua de la Intervención
General de la Junta de Extremadura, que verificará la concurrencia, al menos, de los
siguientes requisitos:


a) La subsistencia de las circunstancias que justificaron su creación.



b) Su sostenibilidad financiera.



c) La concurrencia de la causa de disolución referida al incumplimiento de los fines que
estuvieron en la base de la creación de la entidad o la falta de idoneidad de la misma
para la consecución de aquellos fines.

2. Para ello, todas las entidades integrantes del sector público institucional deberán contar,
antes del comienzo de cada ejercicio, con un plan de actuación aprobado por sus máximos órganos estatutarios, que contendrá las líneas estratégicas en torno a las cuales
se desenvolverá la actividad de la entidad, que se revisarán cada tres años, y que se
completará con planes anuales, aprobados de la misma manera, que desarrollarán el
plan de actuación para el ejercicio siguiente.
3. Las entidades sujetas al sistema de supervisión continua están obligadas a colaborar
con la Intervención General y a suministrar todos los antecedentes, documentos, pro-