Presidencia De La Junta. Presupuestos. (2024010001)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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solicitar un complemento retributivo transitorio por la diferencia, a percibir mensualmente
durante el periodo de duración de su nombramiento.
Para el cálculo de dicho complemento se tendrán en cuenta las retribuciones percibidas en
los seis meses anteriores al nombramiento como personal directivo, excluida la productividad variable en todas sus modalidades, y tendrá efectos económicos a partir del mes
siguiente a la resolución favorable del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud.
2. Al complemento regulado en la presente disposición no le será de aplicación la regla general del artículo 21 de esta ley, en cuanto a los límites establecidos para las retribuciones
del personal directivo.
3. Lo establecido en esta disposición será aplicable al personal directivo cuyo nombramiento
fuese anterior a la entrada en vigor de esta Ley, aunque en ningún caso esta medida tendrá
carácter retroactivo.
Disposición adicional decimotercera. Medidas de mejora en la gestión de los fondos
de recuperación comunitarios.
La Junta de Extremadura implementará las medidas organizativas que sean necesarias para
la mejora en la gestión y ejecución de los nuevos instrumentos comunitarios 2021-2023.
Para ello se reforzarán las capacidades humanas, materiales y organizativas de los centros
directivos responsables de la programación, gestión, ejecución y control, a través de una estructura adecuada y con la adopción de las medidas administrativas necesarias.
En la aprobación de las estructuras se adoptaran las medidas organizativas de carácter especial que sean necesarias, con independencia de las previsiones establecidas en la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
En la misma línea, se activarán al máximo las entidades u organismos públicos con capacidad
de ejecución ágil y eficiente, notablemente los llamados medios propios de la administración.
Podrán establecerse mecanismos de colaboración público-privada para la mejora de las capacidades de gestión y control de los fondos.
Disposición adicional decimocuarta. Medidas de agilización en la provisión de puestos de trabajo.
1. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 28, y concordantes, del Reglamento general de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Comu-