Presidencia De La Junta. Presupuestos. (2024010001)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
952 páginas totales
Página
NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

6544

En consecuencia, su régimen jurídico se diferenciará del personal laboral fijo cuyo acceso
a la administración se produce mediante procedimientos de convocatoria pública y en aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
3. Atendiendo a las funciones que viniera desempeñando con anterioridad a la sentencia que
reconoce su condición de indefinido no fijo, se le adscribirá a un puesto de trabajo de la
relación de puestos de personal funcionario o en la de personal laboral.
4. Este personal mantendrá su relación jurídica de carácter temporal hasta tanto se produzca
su extinción por la cobertura reglamentaria del puesto de trabajo conforme a la normativa que rige el acceso y la provisión de puestos en esta administración pública, por la
amortización del puesto de trabajo o, en su caso, por el acceso a la condición de personal
funcionario de carrera o de personal laboral fijo conforme al régimen de acceso al empleo
público.
Disposición adicional decimoprimera. De los conciertos para la prestación de servicios de atención especializada dirigidos a personas con discapacidad que integran
el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
1. Con carácter excepcional, durante la anualidad 2024, al objeto de garantizar la continuidad
asistencial de las personas usuarias y hasta tanto se inicie la ejecución de los conciertos
que se tramiten conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 122/2022, de 28 de
septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos
sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, se podrán renovar los conciertos que fueron adjudicados al
amparo de la disposición transitoria única del citado Decreto por el plazo estrictamente
necesario, que no podrá superar los doce meses.
2. Los servicios de atención especializada dirigidos a personas con discapacidad que fueron
adjudicados al amparo de la disposición transitoria única del Decreto 122/2022 cuyos conciertos no se encuentren vigentes, podrán ser objeto de concertación social mediante el
procedimiento de adjudicación directa, con las mismas entidades y por las mismas plazas
concertadas en aplicación de lo previsto en dicha disposición transitoria única, por un periodo no superior a doce meses.
Disposición adicional decimosegunda. Personal Directivo del Servicio Extremeño de
Salud.
1. El personal directivo del Servicio Extremeño de Salud que con anterioridad a su nombramiento ocupase un puesto de trabajo de carácter asistencial en el organismo autónomo y
como consecuencia del nombramiento, viera minoradas sus retribuciones anuales, podrá