Presidencia De La Junta. Presupuestos. (2024010001)
Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 26
Martes 6 de febrero de 2024

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Cuando no se detecten de forma automática y se trate de personal que ya no genere nómina por haber cesado en su previa relación de servicios, se procederá a dictar Acuerdo de
inicio, con la opción de devolución voluntaria mediante Modelo 050 establecido al efecto.
Y en el caso de personal que continúe en su relación de servicio se contempla asimismo la
opción de descuentos parciales conforme al artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero,
de Enjuiciamiento Civil, sobre embargos y pensiones.
6. Las retribuciones se ajustarán a las normas básicas dictadas por el Estado, por esta Ley,
las restantes normas que le resulten de aplicación dictadas por la Junta de Extremadura y
en lo no regulado se aplicarán las del Estado con carácter supletorio.
7. Toda referencia en este Título en materia retributiva realizada a las relaciones de puestos
de trabajo, que son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones
Públicas ordenan sus puestos de trabajo, se entenderá extensiva a otros instrumentos de
gestión del empleo público que se utilicen en los diferentes subsectores en la Administración de la Junta de Extremadura.
Artículo 23. Retribuciones fijas y periódicas.
1. L
 as retribuciones básicas y complementarias que se devenguen con carácter fijo y periodicidad mensual se harán efectivas por mensualidades completas y de acuerdo con la situación y derechos del personal referidos al primer día del mes a que corresponden, salvo en
los siguientes casos, en que se liquidarán por días:
a) En el mes de toma de posesión del primer destino en un Cuerpo o Escala, en el de ingreso al servicio activo, en el de inicio o incorporación por conclusión de licencias sin
derecho a retribución.
b) En el mes en que se produzca un cambio de puesto de trabajo ya sea por concurso,
libre designación, comisión de servicios, reasignación de efectivos, u otro sistema de
provisión, aun no implicando cambio de situación administrativa, tanto dentro de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como la adscripción
a una administración Pública distinta. Igualmente se procederá cuando se produzca un
cambio retributivo en el puesto de trabajo por modificación de la Relación de Puestos de
Trabajo u otro procedimiento.
c) En el mes en que se cesa en el servicio activo, incluido el derivado de un cambio del
Cuerpo o Escala de pertenencia, salvo que sea por motivos de fallecimiento, jubilación
o retiro de funcionarios sujetos al régimen de clases pasivas del Estado y, en general, a
cualquier régimen de pensiones públicas que se devenguen por mensualidades completas desde el primer día hábil del mes siguiente al del nacimiento del derecho.