Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024060246)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2024.
30 páginas totales
Página
NÚMERO 25
Lunes 5 de febrero de 2024

6414

particular en lo referente al desglose de gastos del presupuesto del Programa Formativo
Estratégico mencionado en el apartado anterior.
Décimo. Forma de presentación de las solicitudes.
1. L
 as solicitudes de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria deberán ser
cumplimentadas y firmadas por la persona física o la persona que ostente la representación legal de la entidad en el caso de personas jurídicas, y se formalizarán en los modelos
normalizados que acompañan a la presente convocatoria.
Los modelos oficiales de solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar en la web
https://www.juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es, dentro del correspondiente trámite.
Las solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:



• Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la web
http://www.juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ junto con
los modelos que deben acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la
Sede electrónica de la Junta de Extremadura



(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), dirigida al SEXPE,
Secretaría General de Empleo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital, o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido
por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de
Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

b) En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar su solicitud a través
del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) o en cualquiera de