Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024060310)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de unas balsas de evaporación de aguas oleosas procedentes de una fábrica de aderezo de aceitunas, promovido por SC Nuestra Señora de la Cabeza, en el término municipal de Fuente del Maestre.
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Lunes 5 de febrero de 2024

de los procedimientos numerados de D1 a D12 (por ejemplo, evaporación, secado, calcinación, etc.)”.
3. N
 o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado a.2.
4. P
 ara la gestión del residuo se contará con las balsas descritas en el anexo I.
5. L
 a actividad se proyecta para la gestión de las aguas residuales de proceso de la almazara
propiedad de SC Nuestra Señora de la Cabeza mediante evaporación natural.
6. E
 l proceso de gestión de residuos que se autoriza se llevará a cabo atendiendo al cumplimiento de cuantas prescripciones establezca al respecto la normativa vigente de aplicación
y la propia AAU.
7. L
 os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER1

CANTIDADES
GENERADAS (t/año)

Lodos del tratamiento in
situ de efluentes

Lodos del
fondo de las
balsas

02 03 05

3,64

8. L
 a generación de cualquier otro residuo no mencionado en esta resolución deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
b) Medidas de protección y control de la contaminación de aguas, del suelo y
de las aguas subterráneas.
1. E
 l diseño y la construcción de las balsas deberá adaptarse a las siguientes prescripciones:
a) Las balsas deberán contar con las dimensiones indicadas en el anexo I de la presente
resolución.
b) Estarán impermeabilizadas con lámina de polietileno de alta densidad (PEAD).
c) Las balsas cuya finalidad principal sea la eliminación del contenido en agua del residuo
por evaporación natural tendrán una profundidad máxima de 1,5 m.
d) Las balsas contarán en todo momento con un resguardo de 0,5 m, para impedir
desbordamientos.