Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. (2024060288)
Resolución de 24 de enero de 2024, de la Dirección General Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen las reglas de aplicación para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y su utilización como instrumento de gestión en el marco del sistema integrado de gestión y control, así como del resto de regímenes de ayuda relacionados con la superficie en el ámbito de la Política Agrícola Común.
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NÚMERO 22
Miércoles 31 de enero de 2024

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Décimo. Documentación general.
1. P
 ara las alegaciones al SIGPAC asociadas a una solicitud de ayudas PAC, será válido el
control administrativo sobre dicha solicitud de ayuda, tanto de la información que debe
contener la solicitud como de la documentación que debe acompañar a cada uno de los regímenes de ayuda objeto de la solicitud, respecto a la declaración del régimen de tenencia
del recinto afectado, es decir, si se trata de propiedad, o se explota en régimen de arrendamiento o aparcería, o aparcería en común.
2. L
 a documentación referida a las alegaciones al SIGPAC con carácter general, será:
a) En todos los casos se deben presentar tantas fotografías como sean necesarias para que
quede reflejado fehacientemente la veracidad de lo solicitado, conforme a las especificaciones técnicas del Anexo III.
b) En parcelas de dominio público que no sean urbanas será necesario permiso del órgano
correspondiente, ya sea Dirección General de Catastro, Confederación hidrográfica de
la cuenca correspondiente o permiso de uso de vías pecuarias.
c) Cuando el cambio solicitado lo requiera, en virtud del cumplimiento de la normativa
medioambiental vigente, se entregará la autorización correspondiente del órgano competente en materia medioambiental en la que se indique de forma expresa el cambio
solicitado.
d) Otra documentación que se considere oportuna para la resolución de la alegación,
como, por ejemplo, copia del acta del control o reseña de esta en el caso de existir, si
la persona interesada estima oportuno su acompañamiento.
3. T
 oda la documentación deberá aportarse antes de que concluya el plazo de presentación
de Alegaciones al SIGPAC.
4. L
 os modelos y documentación específica sobre alegaciones al SIGPAC también pueden
consultarse en la página https://www.juntaex.es.
Undécimo. Documentación específica que aportar junto con las solicitudes de alegaciones SIGPAC.
Según los tipos de alegaciones SIGPAC, es la siguiente:
a) Cambio de uso de un recinto completo y Partición de un recinto para cambiar el uso de
una parte de este.