Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energías Renovables. Subvenciones. (2024040012)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos correspondientes al Programa de incentivos 5 del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, modificado por el Decreto 54/2023, de 17 de mayo.
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NÚMERO 21

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Martes 30 de enero de 2024

Con fecha 21 de junio de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 118, la
Modificación del Extracto de la convocatoria para Programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de
sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria,
correspondiente al Programa 5, quedando los créditos del proyecto de gasto 20210402 de la
siguiente forma:
Posición presupuestaria

2024 (€)

2025 (€)

Totales (€)

G/333A/70000

1.500,00

0,00

0,00

1.500,00

G/333A/72001

600,00

0,00

0,00

600,00

G/333A/73099

1.500,00

0,00

0,00

1.500,00

G/333A/73200

1.500,00

0,00

0,00

1.500,00

G/333A/74000

6.300,00

0,00

0,00

6.300,00

G/333A/76000

28.796,00

18.236,00

4.559,00

51.591,00

600,00

19.254,01

28.281,02

48.135,03

G/333A/78000

16.194,00

55.466,94

67.006,41

138.667,35

Subtotales.:

56.990,00

92.956,95

99.846,43

249.793,38

G/333A/77000**

**

2023 (€)

Profesionales autónomos sujetos al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de minimis de la Comisión.

El artículo 8 del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, modificado por el Decreto 54/2023,
de 17 de mayo establece que las ayudas serán financiadas con fondos transferidos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, adscrito a la Secretaría de Estado de Energía
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, provenientes del Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia Europeo, en la medida en que han resultado incluidos en el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU).
También indica dicho artículo en su punto 5 que “Los créditos iniciales asignados en la convocatoria a cada aplicación presupuestaria dentro de un mismo proyecto podrán ser reasignados
en cualquier momento por el órgano instructor, tanto entre artículos como entre conceptos y
ejercicios presupuestarios, con la finalidad de atender a las solicitudes que reúnan los requisitos en plazo y siempre que exista crédito presupuestario para ello”.
Por último, el punto 6 del artículo establece que “Para el aumento de hasta un 20 por ciento
de los créditos presupuestarios imputados o para una distribución distinta entre los proyectos