Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energías Renovables. Subvenciones. (2024040012)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos correspondientes al Programa de incentivos 5 del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, modificado por el Decreto 54/2023, de 17 de mayo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 21
5370
Martes 30 de enero de 2024
gía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer
sector” cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) con la identificación: 605917.
El apartado 9 de financiación de la disposición adicional única del Decreto 145/2021, de 21 de
diciembre, modificado por el Decreto 54/2023, de 17 de mayo, establece la financiación del
programa de incentivos 5 a través del proyecto de gasto 20210402 “P.I. -5 Incorpora almacena en instalaciones de autoconsumo existentes sector residencial, administraciones públicas
y tercer sector”, con las siguientes posiciones presupuestarias y anualidades:
Posición presupuestaria
**
2022 (€)
2023 (€)
2024 (€)
2025 (€)
Totales (€)
G/333A/70100
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/73000
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74099
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74199
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74200
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74399
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74499
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74500
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74699
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74999
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76000
4.559,00
18.237,00
18.236,00
4.559,00
45.591,00
G/333A/76001
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76100
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76200
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76900
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/77000**
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/78900
1.339,00
14.855,00
27.355,00
6.839,00
50.388,00
Subtotales.:
11.398,00
45.592,00
45.591,00
11.398,00
113.979,00
Profesionales autónomos sujetos al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de minimis de la comisión
5370
Martes 30 de enero de 2024
gía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer
sector” cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) con la identificación: 605917.
El apartado 9 de financiación de la disposición adicional única del Decreto 145/2021, de 21 de
diciembre, modificado por el Decreto 54/2023, de 17 de mayo, establece la financiación del
programa de incentivos 5 a través del proyecto de gasto 20210402 “P.I. -5 Incorpora almacena en instalaciones de autoconsumo existentes sector residencial, administraciones públicas
y tercer sector”, con las siguientes posiciones presupuestarias y anualidades:
Posición presupuestaria
**
2022 (€)
2023 (€)
2024 (€)
2025 (€)
Totales (€)
G/333A/70100
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/73000
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74099
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74199
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74200
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74399
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/74499
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74500
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74699
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/74999
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76000
4.559,00
18.237,00
18.236,00
4.559,00
45.591,00
G/333A/76001
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76100
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76200
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/76900
500,00
1.000,00
0,00
0,00
1.500,00
G/333A/77000**
100,00
500,00
0,00
0,00
600,00
G/333A/78900
1.339,00
14.855,00
27.355,00
6.839,00
50.388,00
Subtotales.:
11.398,00
45.592,00
45.591,00
11.398,00
113.979,00
Profesionales autónomos sujetos al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de minimis de la comisión