Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2024060258)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la empresa GD Energy Services, SAU, y sus personas trabajadoras del centro de trabajo de la central nuclear de Almaraz (Cáceres) adscritos al servicio de limpieza y descontaminación de edificios industriales.
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Lunes 29 de enero de 2024

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relacionada con su puesto y centro de trabajo, así como cuando se produzcan cambio en las
funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos
de trabajo.
La formación a que se refiere el párrafo anterior deberá impartirse, siempre que sea posible
dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas, pero con el descuento en
aquella del tiempo invertido en la misma.
4. Igualmente, la Empresa adoptará todas las medidas adecuadas para que las personas trabajadoras reciban todas las informaciones necesarias en relación con los riesgos para la
seguridad y salud de las personas trabajadoras, las medidas y actividades de protección y
prevención aplicable a los riesgos señalados anteriormente y las medidas de emergencia
adoptadas.
Daños derivados del trabajo. Las partes firmantes de este Convenio, al objeto de adoptar una
definición de carácter preventivo, consideran el concepto de “daño derivado del trabajo” como
las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
Planificación de las actividades preventivas. El Plan de Prevención lo constituye un documento escrito que describe la planificación y gestión de la prevención de riesgos laborales en la
Empresa y tiene por finalidad la de mejorar las condiciones de trabajo. El Plan de Prevención
tendrá vigencia de un año.
Contenidos del plan de prevención. El Plan de Prevención recogerá entre otros los siguientes
apartados: diagnóstico de la situación, definición de objetivos generales, asignación de medios materiales y humanos, asignación de tareas, definición de programas de actuación en
Seguridad, Higiene, Medicina del Trabajo y Ergonomía y Psicosociología, programas de seguimiento y evaluación final del Plan.
Para el diagnóstico de la situación se realizará una evaluación de las condiciones de trabajo
en las que se incluirá la evaluación inicial de riesgos, según lo preceptuado en el artículo 16.1
de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
La evaluación de las condiciones de trabajo se realizará, entre otros aspectos, mediante el
estudio de siniestralidad laboral y de las enfermedades profesionales en los últimos tres años.
Para la realización de la evaluación inicial de los riesgos laborales se acuerda utilizar una metodología que incluya todos los grupos de disciplinas preventivas.
El objetivo General del Plan de Prevención es la mejora de las condiciones de trabajo mediante
la aplicación de las técnicas de prevención de riesgos laborales y de los principios de acción
preventiva señalados en el artículo 15 de la LPRL.