Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060238)
Resolución de 13 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Transformación en regadío de 24,35 ha de viñedo en espaldera en el paraje Argamasa", cuya promotora es D.ª Rosario Santos Sampelayo en el término municipal de Santa Marta (Badajoz). Expte.: IA22/1448.
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Martes 23 de enero de 2024

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acumulación, como los pozos de sondeos, se ubican a menos de 100 m de dicho arroyo.
En un entorno de 100 metros alrededor de las dos captaciones afectadas no se localiza
ninguna otra captación.
La posibilidad de encontrar productos fitosanitarios de aportes, es poco probable debido
a que la explotación de la plantación de viñedo requiere tratamientos suaves. El nivel
de la calidad de aguas es bueno.
Por otra parte, el emplazamiento de la balsa se realizó considerando la orografía del
terreno y la permeabilidad del suelo donde se asienta, eligiendo para ello un terreno
de baja permeabilidad, que reduce sustancialmente el riesgo de contaminación del
subsuelo y las aguas subterráneas, aparte de que la balsa está impermeabilizada con
geomembranas de polietileno de 1,5 mm, que garantiza la total estanqueidad.
A nivel cuantitativo, la masa de agua subterránea de la que se captan las aguas para el
riego solicitado dispone de recurso anual suficiente. En cualquier caso, se estaría en lo
dispuesto en la correspondiente resolución del procedimiento de concesión con referencia (1294/2018).


3.3.3. Suelo.

Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo se analizan teniendo en
cuenta la fase de ejecución del proyecto y la fase de explotación. En la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para la ejecución de la balsa de regulación y las zanjas para instalar las tuberías de
conexión entre éstas y el sistema de riego, situación que no afecta al presente proyecto
debido a que las obras ya están ejecutadas hace algunos años.
Por otro lado, en cuanto a la fase de explotación y al igual que se indicó para el factor
sistema hidrológico y calidad de las aguas, se deberán controlar los posibles impactos
ambientales generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por posibles retornos de riego.


3.3.4. Fauna, vegetación y hábitats naturales.

El informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
indica que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas en el
presente informe, así como las indicadas en el documento ambiental.