Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024060165)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de 120,1659 ha de viña y olivar en la finca "Palomarejo" mediante concesión de aguas superficiales del Canal de Lobón", en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/0393.
26 páginas totales
Página
NÚMERO 15
Lunes 22 de enero de 2024

4389

vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en
caso de necesidad,


— una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del
suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo
reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye
también la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa del organismo de cuenca que, en este caso. Dicha autorización
será independiente de cualquier otra que haya de ser otorgada por los distintos
órganos de las Administraciones Públicas.



L
 os cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya
el DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un resguardo
de 1 m entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.



T
 odas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales (caminos, carreteras, conducciones, etc.), deben garantizar,
tanto el trazado en planta de los cauces que constituyen el DPH del Estado, como su
régimen de caudales. Para ello, deberán desarrollarse mecanismos específicos que
garanticen ese mantenimiento, minimizando las variaciones de caudal durante la ejecución de las obras, y sin que se produzca modificación entre el régimen de caudales
anterior y posterior a la ejecución de las mismas.



I nfraestructuras gestionadas por ese organismo de cuenca: La zona de actuación se
ubica fuera de la zona Regable Lobón, aunque adyacente a la conducción “Acequia
G-2ª-B”. Se deberán respetar todas las infraestructuras de regadío, así como sus zonas expropiadas.

Red hidrográfica, zona de policía, conducciones de CHG respecto a zona de actuación,
e infraestructuras del proyecto.