Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024060098)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Fundación EOI FSP y el Servicio Extremeño Público de Empleo para la "Formación para el empleo" en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

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IV. Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
Datos de carácter personal, base jurídica y finalidad del tratamiento:
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo,
el responsable del tratamiento pone a disposición del encargado del tratamiento, la información que se describe a continuación:
— Categoría de interesados: Todo el alumnado que haya participado en los programas
formativos.
— Categoría de datos: A continuación, se detallan los datos a los que puede tener acceso
el encargado del tratamiento:
Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder

Datos personales

● Nombre y apellidos, correo electrónico, teléfono, sexo, ciudad y provincia,
código postal, dirección postal, fecha de nacimiento, documento nacional de
identidad, lugar de nacimiento.


Pertenencia / no pertenencia a grupo vulnerable/desfavorecido.



Nivel de estudios, titulación, especialidad, centro y año de finalización.

Sub-encargos de tratamiento asociados a Subcontrataciones.
Una vez iniciado el convenio, cuando para la prestación objeto del mismo se permita la subcontratación y en caso de que el encargado pretenda subcontratar con terceros la ejecución de
la prestación objeto del convenio y el subcontratista, si fuera contratado, deba acceder a Datos Personales, el encargado lo pondrá en conocimiento previo del Responsable, identificando
qué tratamiento de datos personales conlleva, para que la parte que actúe como responsable
de tratamiento decida, en su caso, si otorgar o no su autorización a dicha subcontratación.
La parte que actúe como encargado del tratamiento informará a la parte que actúe como
responsable del tratamiento de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución
de otros subcontratistas, dando así a la parte que actúe como responsable del tratamiento la
oportunidad de otorgar el consentimiento previsto en esta cláusula. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
Información.