Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Rehabilitación. Ayudas. (2023040390)
Decreto 289/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

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se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda
social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, salvo que se tratase de
actuar en ámbitos externos al Plan especial o instrumento de Planeamiento equivalente
que regula centros históricos y/o tradicionales”.
Dos. Se modifica la letra a) del artículo 3, que queda redactado como sigue:
“a) Tratarse de un barrio o zona delimitada territorialmente, con carácter continuo o discontinuo, por acuerdo de la administración autonómica a propuesta de la administración local, salvo aquellos ámbitos del Plan Especial de Protección o instrumento de planeamiento equivalente de las localidades de más de 50.000 habitantes a los que se les
haya reconocido una subvención de concesión directa sin convocatoria del Programa de
ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco
del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de
ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Tres. Se modifica el apartado I del artículo 6, que queda redactado como sigue:
“1. Serán beneficiarios de las ayudas los Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad
Autónoma de Extremadura con independencia de su número de habitantes.
No obstante, quedarán excluidos de esta ayudas los municipios de más de 50.000 habitantes a los que se les haya reconocido una subvención de concesión directa sin convocatoria del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en
Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que asumirán la responsabilidad
de la ejecución integral del ámbito del ERRP delimitado para la actuación, salvo que se
tratase de actuar en ámbitos externos al Plan especial o instrumento de Planeamiento
equivalente que regula centros históricos y/o tradicionales”.
Cuatro. Se modifica la letra c) del ordinal 1º del apartado l, del artículo I l, que queda redactado como sigue:
“c) En aquellos casos en los que haya que proceder a la retirada de elementos con amianto, podrá Incrementarse la cuantía máxima de la ayuda en la cantidad correspondiente
a los costes debidos a la retirada, manipulación, transporte y gestión de los residuos de
amianto mediante empresas autorizadas, hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda 0 12.000 euros por edificio objeto de rehabilitación, la cuantía que resulte superior”.