Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Rehabilitación. Ayudas. (2023040390)
Decreto 289/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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Jueves 18 de enero de 2024

actuaciones financiadas con cargo a este programa deberán estar finalizadas el 30 de junio
de 2026.
Finalmente, se modifica el párrafo tercero del apartado 4 de la convocatoria con el fin de ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el 30 de abril del 2024.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos
36,f y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
sesión de fecha 27 de diciembre de 2023.
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las
bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones a las actuaciones de rehabilitación
a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre,
por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera
convocatoria.
Se modifica el Decreto 71/2022, de 8 de jumo, por el que se desarrollan las bases reguladoras
del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura
en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas
de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria ( DOE n.º 126, de I de julio
de 2022), en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo l, que queda redactado como sigue:
“2. El programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, tiene como
objeto financiar la realización de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización
o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados
Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) de acuerdo con los requisitos exigidos en el artículo 3 y 4, previamente delimitados en cualquier municipio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura con independencia de su número de habitantes.
No obstante, quedarán excluidos de esta ayudas los municipios de más de 50.000 habitantes a los que se les haya reconocido una subvención de concesión directa sin convocatoria del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que