Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Rehabilitación. Ayudas. (2023040390)
Decreto 289/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 13
Jueves 18 de enero de 2024

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Por estas razones se modifica parcialmente el artículo I destinado al objeto y finalidad, el
artículo 3 relativo a requisitos de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada,
(en adelante ERRP), artículo 6 de beneficiarios y el apartado de la convocatoria dedicada a
los beneficiarios.
Por otro lado, el Real Decreto 903/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican el Real
Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal
para el acceso a la vivienda 2022-2025, así como el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo,
por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, y el Real Decreto 853/2021, de
5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación
residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en su
Disposición final segunda introduce modificaciones del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y
vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que afectan al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, cuyas bases reguladoras
se desarrollan en el Decreto 71/2022, de 8 de junio. Entre las modificaciones realizadas por
esta norma, en concreto la que afecta parcialmente al artículo 11, se encuentra, en casos en
los que haya que proceder a la retirada de elementos con amianto, la posibilidad de incrementar la cuantía máxima de la ayuda en la cantidad correspondiente a los costes debidos a
la retirada, la manipulación, el transporte y la gestión de los residuos de amianto mediante
empresas autorizadas, que resulte entre los de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por
edificio objeto de rehabilitación.
Así mismo la mencionada disposición adicional segunda del Real Decreto anteriormente referido introduce determinadas medidas antifraude que han de tener su reflejo en el Decreto
71/2022. Para ello se modifica el artículo 23.2 del mismo, posibilitando que cualquier persona
que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción, conflicto de intereses o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o
parcialmente con cargo a fondos procedentes del MRR, llevados a cabo a través del presente
instrumento jurídico, podrá (deberá, en el caso de empleado de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda), poner dichos hechos en conocimiento de la Unidad de Control
interno de la Consejería.
Además, se modifica el artículo 18 y la letra a) del apartado 6 de la disposición adicional única,
(Primera convocatoria) en cuanto al plazo de la presentación de la documentación técnica y
solicitud del primer pago, que se eleva de 6 meses a 9 meses. Y es que durante el desarrollo
de la convocatoria se ha constatado que el plazo Inicialmente previsto resulta insuficiente
dada la complejidad de los trámites a realizar por parte del Ayuntamiento. En todo caso la
fecha límite para la ejecución de las actuaciones previstas en el artículo 19 del Real Decreto
853/2021, de 5 de octubre, se mantiene Invariable y por tanto las obras correspondientes a