Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Rehabilitación. Ayudas. (2023040390)
Decreto 289/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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Jueves 18 de enero de 2024

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CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
DECRETO 289/2023, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto
71/2022, de 8 de junio, por el que se desarrollan las bases reguladoras
del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
en Extremadura en el marco del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre,
por el que se regulan los Programas de ayuda en materia de rehabilitación
residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria. (2023040390)
Mediante Decreto 71/2022, de 8 de junio, se desarrollan las bases reguladoras del Programa
de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas de ayuda en
materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
El Decreto 71/2022, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3
de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por tanto la convocatoria
única de las ayudas recogidas en las bases reguladoras en el mismo, tenía como beneficiarios
a los Ayuntamientos con una población inferior a 50.000 habitantes.
Esta delimitación de los beneficiarios tenía como finalidad dar prioridad a aquellos núcleos con
menos recursos en función de las competencias para municipios de más de 50.000 habitantes de conformidad con lo establecido en el artículo 26.I.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como la preferencia de intervenir en núcleos
tradicionales y centros históricos.
Durante la vigencia de la convocatoria, se observa la necesidad de acometer actuaciones
de rehabilitación a nivel de barrio no sólo en el ámbito natural de este programa, centros
históricos y tradicionales de los núcleos de población, sino en otras áreas que acumulan un
elevado grado de obsolescencia tanto de los edificios como de los elementos de urbanización
pese a que son áreas de expansión. En particular, en aquellas localidades de más de 50.000
habitantes, inicialmente fuera del ámbito de aplicación del Decreto 71/2022, de 8 de junio,
se detecta la necesidad de intervenir en ámbitos externos al Plan Especial o instrumento de
planeamiento equivalente que regula dichos centros históricos y/o tradicionales, que quedan
fuera como beneficiarios de estas ayudas tanto de dichas bases reguladoras como de los instrumentos de concesión directa suscritos para tal fin por la Consejería de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda.